La auditoría de cuentas es la actividad consistente en la revisión y verificación de documentos contables. Su finalidad es dictaminar si las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la empresa según los principios de contabilidad generalmente aceptados, mediante un informe que tenga efecto frente a terceros (
Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas).
Se trata de revisar la contabilidad de la entidad. Mediante una serie de pruebas los auditores deben de tener la seguridad suficiente para poder asegurarse si la empresa esta teniendo una llevanza de contabilidad adecuada o no.
De la definición se puede apreciar la importancia del informe emitido por el auditor. Este informe es un documento mercantil que tiene que cumplir una serie de condiciones que establece la ley(nombre de la entidad auditada, nombre del auditor, normas aplicadas, etc.). Pero lo que requiere una mención especial es la opinión técnica del auditor.
La opinión de un informe de auditoría puede ser de cuatro tipos:
- Faborable, el auditor puede asegurar que la información que contienen las cuentas anuales refleja la imagen fiel de la entidad y se han seguido los principios generalmente aceptados para su elaboración.
- Con salvedades, hay circunstacias que el auditor tiene que reseñar en su informe por las que no puede dar una opinión favorable. Estos pueden ser: limitación al alcance de los trabajos realizados, errores o incumplimiento de los principios generalmente aceptados, incertidumbres o cambios durante el ejercicio.
- Desfaborable, se estaría expresando en el sentido contrario a la faborable.
- Denegada, el auditor no ha podido formarse una opinión por alguna razón.